“Una asociación de dominación debe llamarse política
cuando y en la medida en que su existencia y la validez de sus ordenaciones,
dentro de un territorio determinado, estén garantizados de un modo continuo por
la amenaza y aplicación de la fuerza física por parte de su cuadro
administrativo.
Por Estado debe entenderse un instituto
político de actividad continuada, cuando y en la medida que su cuadro
administrativo mantenga con éxito la pretensión al monopolio de la coacción
física legítima para el mantenimiento del orden vigente.””
(Weber, 2014, 185)